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Secciones
de la SIBI
NORMAS
Naturaleza jurídica
- Cada Sección
de la SIBI tendrá dependencia jurídica de la SIBI matriz
(Sociedad Internacional de Bioética), con sede en Gijón,
España (en adelante: SIBI).
- Respetará en
sus decisiones y actividades los fines fundacionales de la SIBI.
- Gozará de autonomía
de gestión y financiera, bajo su propia responsabilidad.
No obstante,
la SIBI podrá contribuir económicamente a la realización
de actividades concretas de acuerdo con sus posibilidades.
- Utilizará el
nombre y el logotipo oficiales de la SIBI en todos los documentos, actos
y difusiones de la Sección, haciendo constar la sede oficial de
la SIBI. En ellos se añadirá el nombre específico
de la Sección y la dirección de su propia sede oficial.
- Las normas de funcionamiento
serán las establecidas en el Reglamento del Comité Científico
de la SIBI, a salvo del art. 4º, que quedará en suspenso durante
un plazo máximo de tres años desde la creación de
la Sección, sin perjuicio de lo que a este respecto pueda establecer
el Secretariado de la Sección; y del art. 5º, que se adaptará
a lo que se indica más abajo.
- Las actividades previstas
en los artículos 13, 15, 17 y 18 del Reglamento del Comité
Científico de la SIBI se realizarán previa aprobación
del Comité Científico de ésta, con las adaptaciones
que dicho Comité considere oportunas y previo examen de las propuestas
que presente el Secretariado de la Sección.
- Cuando a juicio de
la SIBI, se produzca en el seno de la Sección una desviación
esencial de los fines fundacionales de aquélla, o un incumplimiento
reiterado y grave del Reglamento del Comité Científico,
aquélla podrá acordar su desvinculación de la Sección,
con la correspondiente privación del uso de su nombre, logotipo
y demás distintivos que la identifiquen y de los medios que hubiera
podido aportar.
Estructura organizativa
Cada SECCIÓN contará
con un Secretariado y un Comité Científico.
Secretariado:
Constará de
tres miembros de países distintos y será nombrado por la
SIBI. Ejercerán como Presidente y Vicepresidentes por un período
de tres años, pudiendo rotar internamente en estos cargos. Podrán
ser renovados al cabo de dicho período por la SIBI.
El Secretariado ejercerá
las funciones de dirección y coordinación del Comité
Científico de la Sección, así como las de comunicación
y coordinación con la SIBI.
Comité Científico:
Tendrá un número
mínimo de siete miembros y máximo de treinta. Sus miembros
serán nombrados por la SIBI, a propuesta del Secretariado de la
Sección.
El Comité Científico
se reunirá para estudiar los tem as propuestos por el Secretariado,
con la periodicidad que establece el art. 4º del Reglamento del Comité
Científico, sin perjuicio de la previsión transitoria efectuada
más arriba y con las demás funciones que le otorga el Reglamento.
Coordinación
con la SIBI
El Presidente del Comité
Científico forma parte de la Sección correspondiente. Él
o quien le represente podrá asistir a las reuniones del Secretariado
o de la Sección, con voz pero sin voto.
Los miembros del Comité
Científico de la SIBI matriz podrán asistir a las reuniones
del Comité Científico de la Sección correspondiente,
con voz pero sin voto.
Con el fin de poder
ejercer lo previsto en los dos párrafos anteriores, se comunicará
a la SIBI matriz con al menos quince días de anticipación
las reuniones que se vayan a celebrar por la SECCIÓN.
Los miembros del Secretariado
y del Comité Científico de cada Sección podrán
ser invitados para asistir a las reuniones del Comité Científico
de la SIBI, con voz pero sin voto.
Lo asuntos y peticiones
de la SECCIÓN que deban ser examinados y aprobados por el Comité
Científico de la SIBI serán remitidos por el Secretariado
de aquélla con suficiente antelación a su reunión
anual. Sede de
las SECCIONES El Secretariado de la SECCIÓN decidirá
y comunicará a la SIBI la ubicación de la sede oficial
de aquélla, así como los cambios que en relación
con la misma pudieran producirse.
(Documento redactado
por Carlos Mª Romeo y Salvador D. Bergel, con sugerencias de
Marcelo Palacios. Aceptado por el Patronato de la SIBI el día
23 de diciembre de 2002, tratando en primer lugar las Secciones con
carácter general y, a seguido, los aspectos de la Sección
Latinoamericana; puesto en conocimie nto del Comité Científico
y ratificado en su reunión de 28 de enero de 2003 en Estrasburgo,
se incorporará al Reglamento del Comité Científico
de la SIBI como un ANEXO.)
SECCIÓN LATINOAMERICANA El día 1 de
diciembre de 2003 se formalizo en Buenos Aires (Argentina), en el Colegio
Público de Abogados, la creación de la Sección Latinoamericana
de la SIBI que tendrá sus sede en dicha ciudad y que está constituida de la siguiente forma:
Volnei Garrafa Presidente (Brasil)
Salvador Darío Bergel Vicepresidente (Argentina)
Dafna Feinholz (México)
Jaime Escobar Triana (Colombia)
Gonzalo Figueroa Yáñez (Chile)
Miguel Kottow (Chile)
Daniel Piedra Herrera (Cuba)
Ludwig Schmidt (Venezuela)
Fermín Roland Schramm (Brasil)
Ana Sittenfeld (Costa Rica)
Leonor Zalabata (Colombia)
Víctor Penchaszadeh (Argentina)
Marcelo Palacios Presidente de la SIBI (España)
Las actividades de esta Sección
se dirigirán principalmente a los problemas que afectan a Latinoamérica y
que abordan la Bioética, y se llevará a cabo en los términos
establecidos en el documento firmado por las partes relativo a las secciones
de la SIBI.
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